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Admisión

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NORMATIVA

ORDEN de 20 de abril de 2012, por la que se regulan los criterios y procedimientos de admisión del alumnado en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA 04-05-2012).

ORDEN de 31 de enero de 2011, por la que se regulan convalidaciones entre estudios de educación secundaria y estudios correspondientes al nivel básico de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, así como el reconocimiento de certificados de competencia en idiomas expedidos por otros organismos o instituciones (BOJA 17-02-2011).

ALUMNADO OFICIAL (PRESENCIAL Y SEMIPRESENCIAL) 
 PLAZO: del 1 al 20 de mayo de cada año -  Debe preinscribirse:
 1. El alumnado de nuevo ingreso en la Escuela que desee cursar estudios por primera vez.
 2. El alumnado oficial de la propia Escuela que haya interrumpido sus estudios por cualquier causa y desee continuarlos de nuevo.
 3. El alumnado que proceda de las enseñanzas a distancia o de semipresencial, o bien de otra EOI.
 4. El alumnado que proceda del régimen de enseñanza libre y desee continuar sus estudios en el régimen de enseñanza oficial.
 5. El alumnado que quiera integrar los cursos especializados para el perfeccionamiento de las competencias en el nivel C1.

REQUISITOS DE EDAD

Presencial: 16 años a 31 de diciembre o 14 para un idioma distinto al que se cursa como primer idioma en la ESO

Semipresencial: 18 años a 31 de diciembre.

  • Es necesario presentar un impreso cumplimentado que se facilitará gratuitamente en el Centro o en esta página web en DESCARGAS.
  • Los criterios para la baremación así como el calendario de publicación de listas de admisión y no admisión se publicarán en los tablones de anuncios de la EOI.

Alumnado CAL

El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 20 de mayo de cada año.

Debe preinscribirse el profesorado que acceda por primera vez a los cursos CAL y el profesorado que haya interrumpido sus estudios y quiera volver a matricularse.

Es necesario presentar el impreso de solicitud, así como la certificación correspondiente o Anexos V o VI. Impresos disponibles en el centro y en esta página web DESCARGAS.

La prioridad en la admisión así como el calendario del proceso de admisión se publicarán en los tablones de anuncios de la EOI.

 

 

 

SECRETARÍA VIRTUAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

 

OFERTA DE PLAZAS VACANTES

para el curso 2025/26

1ºNB 2º NB NI B1 1º NI B2 2º NI B2 1º NA C1 2º NA C1 NA C2
ALEMÁN

30

(1 grupo)

20

(1 grupo)

25

(1 grupo)

20

(1 grupo)

22

(1 grupo)

----- ----- -----
ESPAÑOL 90 (3 grupos 1º cuatr.)

30 (1 grupo 1º cuatr.)

20

(2 grupos)

25

(2 grupos)

6

(1 grupo)

----- ----- -----
30 (1 grupo 2º cuatr.) 90 (3 grupos 2º cuatr.)
FRANCÉS

30

(1 grupo)

15

(1 grupo)

20

(1 grupo)

5

(1 grupo)

20

(1 grupo)

20

(1 grupo)

15

(1 grupo)

-----
INGLÉS

120

(3 grupos + 1 grupo CAL)

30

(2 grupos + 1 grupo CAL)

50

(2 grupos + 1 grupo CAL)

20

(2 grupos + 1 grupo CAL)

5

(1 grupo + 1 grupo CAL)

25

(2 grupos)

30

(2 grupos)

1

(1 grupo)

INGLÉS SEMI-PRESENCIAL ----- ------

55

(1 grupo)

----- ----- ----- ----- -----

 

 

 

CALENDARIO DE ACTUACIONES DEL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO PARA EL CURSO 2024/2025:

 

El calendario del procedimiento de admisión del alumnado en las modalidades presencial, semipresencial y a distancia para el curso 2025/2026 será el siguiente:
a) El período de presentación de solicitudes de admisión en las escuelas oficiales de idiomas será el comprendido entre el 1 y el 20 de mayo de 2025, ambos inclusive, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.4 de la Orden de 20 de abril de 2012, por la que se regulan los criterios y procedimientos de admisión del alumnado en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de admisión y antes del 26 de mayo de 2025, en virtud de lo establecido en el artículo 23.1 de la citada orden, si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañase de los documentos preceptivos, la persona titular de la dirección de la escuela requerirá a la persona interesada, a través del tablón de anuncios de la escuela, para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, sin perjuicio de que también pudiera informarse a la persona interesada por otros medios.

c) Con anterioridad al 10 de junio de 2025, las escuelas oficiales de idiomas publicarán la relación de personas solicitantes, ordenada según los criterios de admisión.
d) El período para el trámite de audiencia, establecido en el artículo 26.2 de la citada Orden de 20 de abril de 2012, será el comprendido entre el 10 y el 23 de junio de 2025, ambos inclusive.
e) El 24 de junio de 2025 cada escuela publicará la resolución del procedimiento de admisión correspondiente.
f) El plazo para la presentación de recursos de alzada, ante la persona titular de la correspondiente Delegación Territorial competente en materia de educación, empezará el 25 de junio de 2025.
g) El plazo de matriculación del alumnado será del 1 al 10 de julio de 2025, ambos inclusive, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31.2 de la Orden de 20 de abril de 2012.

 

 

 

 

Calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión en español como lengua extranjera para el curso 2025/2026.

Segundo. Establecer el calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión en español como lengua extranjera para el curso 2025/2026.
a) En las escuelas oficiales de idiomas que impartan cursos de español como lengua extranjera con carácter cuatrimestral el calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión para el primer cuatrimestre será el mismo que el establecido en el punto primero de la presente resolución.
b) El calendario del procedimiento de admisión del alumnado para el segundo cuatrimestre de dichos cursos será el siguiente:
I. El período de presentación de solicitudes de admisión en las escuelas oficiales de idiomas que impartan estos cursos será el comprendido entre el 8 al 16 de enero de 2026, ambos inclusive.
II. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de admisión y antes del 21 de enero de 2026, si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañase de los documentos preceptivos, la persona titular de la dirección de la escuela requerirá a la persona interesada, a través del tablón de anuncios de la escuela, para que, en el plazo de tres días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, sin perjuicio de que también pudiera informarse a la persona interesada por otros medios.
III. Con anterioridad al 27 de enero de 2026, las escuelas oficiales de idiomas publicarán la relación de personas solicitantes, ordenada según los criterios de admisión.
IV. El período para el trámite de audiencia será el comprendido entre el 27 y el 29 de enero de 2026, ambos inclusive.
V. El 30 de enero de 2026 se publicarán las resoluciones del procedimiento de admisión en cada escuela.
VI. El plazo para la presentación de recursos de alzada, ante la persona titular de la correspondiente Delegación Territorial con competencias en materia de educación, empezará el 2 de febrero de 2026.
VII. El plazo de matriculación del alumnado que haya obtenido plaza será del 2 al 6 de febrero de 2026.